Las principales restricciones para la circulación de camiones se detallan de la siguiente manera:
→ Camiones con un peso superior a 7.500 kg de Masa Máxima Autorizada (MMA): Su circulación está prohibida en los siguientes tramos y horarios:
Anexo II: En días laborables, de lunes a viernes, entre las 7:00 y las 22:00 horas. Anexo V, apartado 1.º: En días festivos, entre las 10:00 y las 22:00 horas. → Camiones que transportan mercancías peligrosas: Su circulación está prohibida en los siguientes tramos y días/horas:
Anexo II: En días laborables, de lunes a viernes, entre las 7:00 y las 22:00 horas. Anexo V, apartado 1.º: En días festivos, entre las 10:00 y las 22:00 horas. Anexo V, apartado 2.º: En días laborables y festivos, entre las 7:00 y las 22:00 horas, en los tramos indicados. → Camiones especiales y vehículos que requieren autorización adicional para circular: Su circulación está prohibida en los siguientes tramos y días/horas:
Anexo II: En días laborables, de lunes a viernes, entre las 7:00 y las 22:00 horas. Anexo V, apartado 1.º: En días festivos, entre las 10:00 y las 22:00 horas. Anexo V, apartado 2.º: En días laborables y festivos, entre las 7:00 y las 22:00 horas, en los tramos indicados. Excepciones a las restricciones A pesar de las restricciones mencionadas anteriormente, existen algunas excepciones, como:
Transporte de ganado vivo
La restricción no se aplica. Transporte de mercancías perecederas: La restricción no se aplica siempre que al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo esté ocupada por mercancías perecederas. Transporte de fundentes: La restricción no se aplica durante el período de campaña de vialidad invernal. Vehículos de asistencia en vías públicas: La restricción no se aplica. Prohibición de adelantamiento a camiones Además de las restricciones de circulación, la Dirección General de Tráfico (DGT) también puede imponer prohibiciones de adelantamiento a camiones en tramos específicos de carretera. Estas prohibiciones afectan a los siguientes vehículos:
Vehículos especiales
Camiones con un peso superior a 7.500 kg de MMA. Vehículos que requieran autorización adicional para circular. Vehículos especiales. Las prohibiciones de adelantamiento se indican mediante señalización variable correspondiente o por el organismo responsable de la vía, mediante señales fijas que indican el alcance completo de la prohibición.
